De acuerdo con la resolución 2004/69 del ECOSOC, el Comité de Expertos sobre Cooperación Internacional en Cuestiones de Tributación (“el Comité”) debe revisar y actualizar, cuando sea necesario, la Convención Modelo de las Naciones Unidas sobre la Doble Tributación entre Países Desarrollados y Países en Desarrollo.
Los tratados (o convenios) de doble imposición son acuerdos bilaterales celebrados entre dos países, que asignan derechos tributarios sobre los ingresos entre estos países y, de esta forma, previenen la doble imposición sobre los ingresos. La prevención o eliminación de la doble imposición constituye un aspecto clave del clima de inversión de los países, que es esencial para los flujos de inversión, el intercambio de bienes y servicios, el movimiento de personas y capitales y la transferencia de tecnología.
Generalmente, los países utilizan modelos de tratados de doble imposición como punto de partida a la hora de negociar acuerdos fiscales bilaterales. La Convención Modelo de las Naciones Unidas y el Modelo de Convenio Tributario sobre la Renta y sobre el Patrimonio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) (la Convención Modelo de la OCDE) son los dos más modelos más utilizados. Son la base de más de 3 000 acuerdos fiscales actualmente en vigor, por lo que ejercen una profunda influencia sobre la práctica de tratados fiscales internacionales. Los países en desarrollo suelen utilizar la Convención Modelo de las Naciones Unidas, mientras que los países desarrollados tienden a basarse en la Convención Modelo de la OCDE. No obstante, ciertos elementos del Modelo de las Naciones Unidas han influenciado el Modelo de la OCDE y las prácticas de los países Miembros de la OCDE.
Si bien numerosas disposiciones de la Convención Modelo de las Naciones Unidas y de la Convención Modelo de la OCDE son similares o idénticas, los Modelos difieren en áreas importantes, lo que refleja las diferentes membresías y prioridades de las dos organizaciones. En particular, la Convención Modelo de las Naciones Unidas tiende a preservar mayores derechos fiscales para el país “fuente” cuando se producen ingresos. De este modo, el país de “residencia" del individuo que genera los beneficios debe proporcionar un descuento por los impuestos abonados o una exención tributaria de dichos ingresos.
Enlaces:
United Nations Model Double Taxation Convention between Developed and Developing Countries (2017 update) (2011 update)